intervencionpolicial.com |
brabo escribió:Bueno eso hablando del sueldo, lo que no contáis es que luego compensamos con las pagas extra, las horas extras, los juicios y etc... que hay que contarlo todo
Las pagas extras ya van metidas en el bruto anual. Y las horas extras y juicios es como dice mugigorra, es algo residual y los cobra solo quien los hace, como para que nosotros le demos tanta importancia, aunque no digo que no haya que revisarlo, claro que si, pero señores, lo principal es el SUELDO (fijo en su cuantía y periódico en su devengo) BRUTO ANUAL. Y aquí las tablas salariales de unos y otros son claras y concisas, lo digo para los auditores.