Hoy recordamos a los siguientes compañeros : GUARDIA CIVIL D. ALFONSO PARADA ULLOA (1998) : POLICIA NACIONAL D. JOSE MONTES GILA (1989) : POLICIA NACIONAL D. JUAN ANTONIO GARCIA ANDRES (1989) asesinados todos ellos por la banda terrorista E.T.A tal dia como hoy Descansad en Paz compañeros no os olvidamos
El artículo 492 LECrim dice que los agentes de policía deberán detener cuando “al que estuviere procesado por delito [con] pena superior a la de prisión correccional”. En algunos sitios dicen que prisión correccional = 3 años, y en otros que = 5 años. Cuál de las dos es cierta?