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Ésta mantenía una relación de pareja con el otro acusado, que era también policía nacional y estaba destinado en Seguridad Ciudadana de Marbella, considerando el jurado que ambos colaboraron para que el acusado "se apoderara de un reloj falsificado que había sido incautado en 2013 en un local de Marbella dentro de unas diligencias policiales, valorado en 20 euros".
Bien, por lo que se deduce de lo arriba expresado que esta persona, dentro de la Comisaría donde ejercía su labor policial, tenía acceso por su condición de miembro de la Brigada de Policía Judicial, Grupo de control de compraventa de joyas, a una estancia privativa de la Comisaría donde se almacenaban pruebas y efectos procedentes de incautaciones policiales. Es decir, existe una cualificación por razón del puesto desempeñado.
Pero por si no fuera poco, esos efectos (no importa que sea un reloj falso de 20 euros o el tesoro de Tutankamón) son pruebas y efectos enmarcados dentro de unas diligencias policiales. O sea, me lo llevo porque yo lo valgo y que el marrón se lo coman el Instructor y el Secretario de las diligencias cuando ordenen las destrucción del reloj y no aparezca (muy bonito, si señor).
Artículo 282 LECr:
La Policía judicial tiene por objeto y será obligación de todos los que la componen, averiguar los delitos públicos que se cometieren en su territorio o demarcación; practicar, según sus atribuciones, las diligencias necesarias para comprobarlos y descubrir a los delincuentes, y recoger todos los efectos, instrumentos o pruebas del delito de cuya desaparición hubiere peligro, poniéndolos a disposición de la Autoridad Judicial.
Parece mentira que algo tan obvio se tenga que recordar a algunas personas que por aquí defienden lo indefendible: somos Agentes de la Autoridad, las pruebas, intrumentos y efectos de delito siempre están a disposición judicial y la Autoridad Judicial con esos efectos estimará darles el destino que crea oportuno. Nadie está por encima de la Ley y por supuesto nadie y menos un Agente de la Autoridad puede incorporar a su patrimonio personal algo que no le pertenece y en este caso concreto, además, un efecto relacionado en un atestado policial.
Si finalmente resultan expulsados del cuerpo se lo habrán ganado a pulso. Nada que objetar.