60? |
materialpolicial.com |
"La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la sentencia contra un agente de la Unidad de Intervención Policial (UIP, más conocidos como antidisturbios), que le hacía culpable de dos faltas de lesiones contra dos manifestantes. El funcionario, con número de placa XX.XXX, tendrá que pagar 300 euros de multa por las faltas e indemnizar con otros 480 euros a una de las víctimas, según el fallo.
La sentencia, contra la que no cabe recurso, ha sido firmada por el magistrado José Antonio Alonso Suárez, de la sección 29ª de la Audiencia Provincial. Los hechos por los que ha sido condenado el agente de la UIP ocurrieron a primera hora de la tarde del 22 de marzo de 2013. En ese momento, unas 70 personas se concentraban delante de la sede de la Sociedad de Gestión de Activos Inmobiliarios (Sareb), conocido como banco malo, en el paseo de la Castellana número 89. Otras 40 personas entraron en el edificio.
La protesta se enmarcaba dentro de las actividades de protesta para que se aprobara la iniciativa legislativa popular que se debatía entonces en el Congreso de los Diputados sobre hipotecas y desahucios. Los que entraron en la sede de la Sareb decidieron quedarse dentro, por lo que los responsables llamaron a la policía.
La primera sentencia dictada por la magistrada del Juzgado de Instrucción número 49 de la plaza de Castilla condenó al policía. Consideró probado que ese día Antonia Velasco y Alejandro Zambrano estaban en la entrada de la Sareb. “El policía nacional con número profesional XX.XXX al salir del edificio citado empujó a Antonia Velasco ocasionando su caída al suelo, por lo que Alejandro Zambrano acudió a socorrerla. Al solicitar al policía su número de placa, éste le golpeó en el costado y le agarró por los testículos”, recoge el fallo de la primera instancia.
La mujer sufrió crisis de ansiedad y contusiones en el codo y en el hombro izquierdos. Tardó 12 días en curar. Zambrano registró una contusión, de la que se recuperó en cuatro días. Ninguno de los dos estuvo impedido para realizar sus ocupaciones habituales, según los dictámenes forenses.
La juez le impuso una multa de 30 días a razón de cinco euros por cada falta de lesiones (300 euros en total) y una indemnización a la mujer de 480 euros. En la misma fue considerado responsable civil subsidiario el Ministerio del Interior.
El abogado del Estado recurrió el fallo, que ha sido ratificado en los mismos términos. El ponente de la Audiencia Provincial mantiene que las dos víctimas reconocieron al agente con número de placa XX.XXX ante la juez. Esta incluso “dispuso de un vídeo en el que se percibe la caída de la denunciante”. También se basó en los informes médicos de los dos lesionados: “Informes objetivos y coherentes con la secuencia de los hechos manifestada por los referidos testigos”, concluye el juez de la Audiencia Provincial.
Lo que sí deja claro el magistrado es que durante el juicio quedó demostrado que “no medió provocación por parte de Antonia Velasco”. “La valoración de la juez es razonable, además de imparcial, y por ello no puede ser modificada”, añade la sentencia, que no condena al pago de las costas de la segunda instancia al recurrente.
Durante la protesta del 22 de marzo de 2013 fueron detenidas 18 personas. Según la versión facilitada entonces por la Jefatura Superior de Policía de Madrid, los agentes de la Unidad de Intervención les arrestaron acusados de los delitos de allanamiento de establecimiento abierto al público y por resistencia y desobediencia a agente de la autoridad. Los encerrados en la Sareb venían de acompañar a otros 13 activistas denunciados en noviembre de 2012 por encerrarse en una sucursal del BBVA para evitar un desahucio. Todos fueron absueltos tras prestar declaración. La protesta la había convocado la Plataforma Antidesahucios (PAH)".
FUENTE: http://ccaa.elpais.com/ccaa/2014/08/06/ ... 87035.html
Habituamente los UIP tienen que trabajar en situaciones difíciles, de gran tensión y en inferioridad numérica. Por eso su formación es tan importante. Es difícil juzgar sin conocer todos los hechos (supongo que eso hay que dejarselo a los jueces), pero por lo leído, no parece que golpear y agarrar por los testículos a un ciudadano que pide (habría que saber cómo) la identificación sea una técnica de control muy "ortodoxa".