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Charlie_CNP escribió:Es que el policía que en un caso así sea capaz de decirle a un requirente que hay que judicializarlo y que no se puede echar al okupa en el momento, es que ni es policía ni es nada. Quiero pensar en que creyeron que no era una vivienda habitual, que era una vivienda vacía.
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Charlie_CNP escribió:Balaur, creo que te equivocas e interpretas el derecho erróneamente. No tiene ningún sentido el irte un fin de semana a la playa, volver y tener en tu casa a una familia que dice haber comprado o arrendado tu casa a un estafador y que tengas que judicializar el asunto para esperar 1 año a que un juez los eche mientras duermes debajo de un puente.
Estamos hablando de tu morada, no de cualquier cosa y no se pierde ese derecho por mucho que estés fuera un par de días y que alguien, un usurpador, establezca la suya propia en 24 horas.
A mi entender en un caso así, la obligación del policía es restituir el derecho inicial inmediatamente. Caso a parte es proceder a la detención del autor si éste ha podido ser estafado. Podríamos estar ante un contrato nulo simplemente pero la restitución de la morada se me hace primordial aunque no sea imputable penalmente el usurpador.
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chapulin escribió:Charlie_CNP escribió:Balaur, creo que te equivocas e interpretas el derecho erróneamente. No tiene ningún sentido el irte un fin de semana a la playa, volver y tener en tu casa a una familia que dice haber comprado o arrendado tu casa a un estafador y que tengas que judicializar el asunto para esperar 1 año a que un juez los eche mientras duermes debajo de un puente.
Estamos hablando de tu morada, no de cualquier cosa y no se pierde ese derecho por mucho que estés fuera un par de días y que alguien, un usurpador, establezca la suya propia en 24 horas.
A mi entender en un caso así, la obligación del policía es restituir el derecho inicial inmediatamente. Caso a parte es proceder a la detención del autor si éste ha podido ser estafado. Podríamos estar ante un contrato nulo simplemente pero la restitución de la morada se me hace primordial aunque no sea imputable penalmente el usurpador.
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Os olvidais de lo mas importante la inviolabilidad del domicilio es un derecho fundamental y el derecho de.propiedad no, por lo que estaría claro cual prevalece y a cual da preferencia.
Por eso un ocupa va a una casa vacia y tardan en echarlo....
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Charlie_CNP escribió:Mi duda viene al haber leído hoy en varios medios una noticia por la que una familia se fue de vacaciones a la playa y al volver su vivienda había sido ocupada.
Según dicha noticia, la respuesta que le ha dado la policía y la Guardia civil es que tiene que denunciar y esperar una decisión judicial que tardará varios meses. Algo que me parece que está mal hecho o nos faltan datos en la noticia.
En mi opinión, si se trata de su vivienda habitual, por mucho que se vayan 15 días a la playa, esta sigue siendo su MORADA a todos los efectos y no estaríamos ante una usurpación y la prevalencia del derecho a la inviolabilidad del domicilio del ocupa sino ante un claro delito flagrante de allanamiento de morada y la obligación de actuar ante la gravedad del mismo y la necesidad de restaurar el derecho del morador.
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