Conviértete En Ertzaina |
Todo online |
nola2hurtu.eus |
Hogueras con sidra escribió:0101 escribió:El mes de incorporación es apartir del día siguiente así que si cesas el17 te incorporas el 18 del siguiente mes.
Con respecto a trabajar el día del cese te pueden hacer trabajar ya que tú cesas en el instante que firmas así que ese día pueden hacerte trabajar
El mes de incorporación son 30 días, cuidado los que cesan en julio igual y cuentan 31 días por tener julio 31 días y no 30 como junio.
Buenas compañero Eda explicación de 30 días no me convence ya que:
Los 17 de junio de incorporan el 18 de julio
Los del 21 de junio se incorporan el 21 ahí no se respeta los 30dias?
Los del 12 de julio se incorporan el 12 ahí si puede ser eso d ellos 30 días
Pero me puedes explicar pk los del 21 no se incorporan el 22 ?