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A los VS como domicilio de notificación se pone el de la empresa salvo algunos que filian y ponen en atestado nombre de padres,fecha nacimiento .
Como bien sabran existe un Registro Central del MJU para temas civiles y penales aparte de los archivos de Seguridad Privada asi que al VS se le puede localizar sin declararlo en rebeldía vive Dios.
En cuanto al tema del TIP como identificación a expensas de lo que depare el borrador se aplica la Ley y cada uno la interpreta con lo que leo como le apetece.
Entiendo que el agente pueda solicitarme el DNI para comprobar que la acreditación TIP me pertenece como identificación redundante-lleva foto- pero en diligencias me identifica por TIP o deberia,posteriormente si en diligencias o citación en un Juzgado me veo expuesto en un tablón mis datos con pelos y señales ya ejercere contra quién correspònda las acciones que estime para depurar responsabilidades al respecto y me cuidaré en ese acto de charlar con el secretario judicial antes de mi declaración, parece que hablamos de temas de gallinas y huevos cuando la mayoria de los temas son penales donde se pide cárcel.
PD. Increible que para obtener datos de un denunciado y ejercer acciones civiles contra él haya de ser el Juzgado quien gire un oficio al depositario de esos datos para que los libre a ellos-Juzgado- y aqui el personal de seguridad privada salga en el Hola jajaja