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Familia llega a su vivienda habitual despues de pasar una semana fuera de su domicilio por unas vacaciones .
Al llegar vivienda con cambio de cerradura y dos individuos dentro los cuales manifiestan que llevan allí 4 días y que no se van de allí .
Mi opinión allanamiento de morada porque es un delito permanente que se está cometiendo desde que entran hasta que no quieren abandonar el domicilio y por tanto flagrante ( se esta cometiendo el delito , los autores están dentro de la vivienda y tenemos las pruebas que se esta cometiendo el delito menos grave y la urgencia de intervenir es que tenemos una familia que no da su consentimiento de que esa gente esté en su morada y le causan un perjuicio grave ), después de comprobar que efectivamente ese es el domicilio habitual de esa familia . Cerrajero, entrada , detención, entrega domicilio a la familia y comparecencia .
Opinión de varios compañeros que para ellos la flagrancia es que como no los vimos entrar en el domicilio y si ya constituyeron su morada ya no se les puede echar (yo entendía que esto sería en el delito de usurpacion ). Informar a la familia que formule denuncia y nosotros sólo identificar autores .
Leída la instruccion 6/2000 no aporta nada o lía a los compañeros porque claro no deja nada al parecer .