Fotografias en la vía pública

Temas relacionados con la Legislación y la Jurisprudencia

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NO es el lugar indicado para que particulares realicen consultas o planteen dudas, las cuales deben ser resueltas en gestorias, bufetes de abogados, asociaciones u organismos oficiales competentes.

Todo hilo abierto que no respete esta premisa será cerrado (y en su caso eliminado) por la moderación.


Fotografias en la vía pública

Notapor xalo » Lun Ago 02, 2010 10:48 pm


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Hola a todos, hace poco que descubrí este foro y es la primera vez que entro en el.
Tengo una duda y me gustaría que los compañeros opinasen y me orientasen sobre el tema, si alguien sabe de jurisprudencia o de algún caso similar, me gustaría que lo expusiese.
El tema es el siguiente, cual sería la intervención policial ante el requirimiento de un ciudadano que afirma que una persona esta fotografiando a sus hijos menores en la vía pública, a pesar de haberle dicho que no lo haga, o sea manifestándole su oposición a que retrate a sus hijos. Dicha persona quiere denunciar los hechos.
Posibles indicios de un delito contra la propia imagen e intimidad??
Intervención de la tarjeta de memoria de la Cámara?
Gracias de antemano, espero vuestras opiñiones. Un saludo
xalo
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Re: Fotografias en la vía pública

Notapor gk » Mar Ago 03, 2010 12:06 am


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Entiendo que cuando dices menores, dices niños, porque los menores pueden prestar su consentimiento por sí mismos, si sus condiciones de madurez son las adecuadas (L.O. 1/82, art. 3.1)

En cuanto a tus preguntas, mi opinión es:

  • Dicha persona quiere denunciar los hechos: tendrá que hacerlo por lo civil
  • Posibles indicios de un delito contra la propia imagen e intimidad: ni indicios, ni delito.
  • Intervención de la tarjeta de memoria de la Cámara: en ningún caso

Un saludo!

P.D. El fotógrafo es un maleducado. Pero aparte de eso, poco más hay en esta intervención.
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Re: Fotografias en la vía pública

Notapor xalo » Mar Ago 03, 2010 2:22 am


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Bien, de todos modos y aunque se tratase de un procedimiento civil, ya que en el art 7.5 de la ley 1/82 viene recogida la prohibición de captación de imagenes de personas en la vía pública, y en el caso de menores se necesita el consentimiento de padres/tutores, art 3.2 ley 1/82, al ser requerida la policía, entiendo que esta debe proceder a la identificación del autor y a la intervención de la tarjeta de memoria, ya que en ella figura la prueba de la comisión del hecho que en su día y previa querella de los padres de los menores (niños), sera objeto del correspodiente procedimiento judicial.
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Re: Fotografias en la vía pública

Notapor Sherlock-Hound » Mar Ago 03, 2010 12:43 pm


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¿Desde cuándo el CNP tiene competencias en el ámbito civil?

El fotógrafo no está efectuando ningún delito ni ninguna falta o infracción administrativa que entre en nuestro ámbito de actuación (lo ha dejado claro gk) así que intervenir en estos casos es un error.

Es cómo si a un inquilino que no paga el alquiler o que mete a más gente de la prevista en casa, se le identifica por estos hechos...
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Re: Fotografias en la vía pública

Notapor xalo » Mar Ago 03, 2010 11:27 pm


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[quote="Sherlock-Hound"]¿Desde cuándo el CNP tiene competencias en el ámbito civil?

El fotógrafo no está efectuando ningún delito ni ninguna falta o infracción administrativa que entre en nuestro ámbito de actuación (lo ha dejado claro gk) así que intervenir en estos casos es un error.

Es cómo si a un inquilino que no paga el alquiler o que mete a más gente de la prevista en casa, se le identifica por estos hechos...[/quot
Pues aunque el CNP no tenga competencias en lo civil, si somos requerido por un ciudadano para identificar a alguien, que al menos si esta cometiendo una infraccion perseguible en el ámbito civil, y que de no proceder a esa identificación dicho ciudadano dificilmente podra demandar a una persona anónima, de la que desconoce dato alguno, creo que si debemos actuar, no se si la ley nos ampara, pero al menos bajo mi punto de vista, si nos ampara el sentido común. Por cierto alguna sentencia hay por ahi del tema de fotografias en la vía pública, y que nos ampara para actuar e incluso intervenir el material.
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Re: Fotografias en la vía pública

Notapor gk » Mar Ago 03, 2010 11:39 pm


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También las hay en sentido contrario y alguna en la que el actuante se ha visto frente a un quebradero de cabeza, por el afán de intervenir lo que no debe. No obstante, me temo que esa sentencia a la que aludes, amén de anecdótica, se da en un supuesto notablemente dispar al que planteas.

Un saludo!
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Re: Fotografias en la vía pública

Notapor Sherlock-Hound » Mié Ago 04, 2010 8:16 am


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xalo escribió:no se si la ley nos ampara, pero al menos bajo mi punto de vista, si nos ampara el sentido común.

Pues permite que te diga que lo importante es saber de p a pa si la ley nos ampara o no. Si nos guiamos por el sentido común ignorando la ley, después nos pueden venir mal dadas. Si no te convence, haz la prueba en un caso de impago de alquiler, o de problemas de custodia de un hijo en una pareja. Actúa con el sentido común en lugar de ateniéndote a la ley y verás que sustito te llevas. :(
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Re: Fotografias en la vía pública

Notapor GragoCop » Mié Ago 04, 2010 1:10 pm


Editorial Decuma

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Y si esas fotos se realizan en la playa a menores sin mostrar partes íntimas??? y si son mostrándolas???

http://www.lasprovincias.es/prensa/2007 ... 70728.html

http://www.20minutos.es/noticia/408957/ ... s/menores/
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Re: Fotografias en la vía pública

Notapor Sherlock-Hound » Vie Ago 06, 2010 8:12 am


Preparación Física Policía

No dejes nada al azar
editorialcenpol.es
La respuesta no tiene mucho complicación a mi juicio: si los menores están vestidos no es nada (penal) y si están desnudos puede considerarse un 189 del código penal.
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