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El templario escribió:PMMCentro escribió: el cliente le deja su dni (que resulta ser de otra persona que se parece a él y se lo ha encontrado), estafa.
Esto podría ser una APROPIACION INDEBIDA.
Esto, en concurso con la estafa (que es el tema del hilo) puede ser:
Ususpación Estado civil. CP Artículo 401.
El que usurpare el estado civil de otro será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años.
La apropiación inbebida puede estar ligada a la estafa en el CP para este caso o no:
SECCIÓN 2. DE LA APROPIACIÓN INDEBIDA.
Artículo 252.
Serán castigados con las penas del artículo 249 ó 250 (
ESTAFA), en su caso, los que en perjuicio de otro se apropiaren o distrajeren dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble o activo patrimonial
que hayan recibido en depósito, comisión o administración, o por otro título que produzca obligación de entregarlos o devolverlos, o negaren haberlos recibido, cuando la cuantía de lo apropiado exceda de cuatrocientos euros. Dicha pena se impondrá en su mitad superior en el caso de depósito necesario o miserable.
Artículo 253.
Serán castigados con la pena de multa de tres a seis meses los que, con ánimo de lucro, se apropiaren de cosa
perdida o de dueño desconocido, siempre que en ambos casos el valor de lo apropiado exceda de 400 euros. Si se tratara de cosas de valor artístico, histórico, cultural o científico, la pena será de prisión de seis meses a dos años.
También puede tratarse de robo o hurto, en función de cómo haya conseguido el DNI