cobrar la deuda de un fallecido.

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cobrar la deuda de un fallecido.

Notapor Español77 » Sab Ene 07, 2012 10:58 pm


Buenas, tengo una duda, sobre la deuda de un fallecido, me explico sobre una historia que me han preguntado y no he sabido responder, resulta que un constructor hace una piscina en un terreno “sin papeles” pero la constructora le hace una piscina y su deuda es 4.000 euros el hombre fallece de forma repentina y la constructora busca a su mujer para cobrar la deuda y la mujer se niega, ¿Qué se podría hacer? ¿y si la casa fuese legal?
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Re: cobrar la deuda de un fallecido.

Notapor Charlie_CNP » Sab Ene 07, 2012 11:17 pm


Tratamiento Policial De Los Delitos Contra La Seguridad Vial

Imprescindible
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Español77 escribió:Buenas, tengo una duda, sobre la deuda de un fallecido, me explico sobre una historia que me han preguntado y no he sabido responder, resulta que un constructor hace una piscina en un terreno “sin papeles” pero la constructora le hace una piscina y su deuda es 4.000 euros el hombre fallece de forma repentina y la constructora busca a su mujer para cobrar la deuda y la mujer se niega, ¿Qué se podría hacer? ¿y si la casa fuese legal?


Poco tiene que ver esto con el derecho penal, que es lo que aquí se suele tratar pero desde el punto de vista civil, y si no me equivoco, una vez fallecido un deudor, la deuda puede pasar a sus herederos si estos aceptan la herencia, ya que el patrimonio se compone de pasivos y de activos. Puede darse el caso de que se haya renunciado a la herencia porque únicamente se fueran a heredar "trampas".
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Re: cobrar la deuda de un fallecido.

Notapor Español77 » Sab Ene 07, 2012 11:25 pm


Bolsas Y Mochilas Tacticas

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Re: cobrar la deuda de un fallecido.

Notapor zapata » Dom Ene 08, 2012 1:09 am


Prepárate Online A Distancia

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Se puede aceptar la herencia a beneficio de inventario.
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Re: cobrar la deuda de un fallecido.

Notapor Schwarzenegger » Dom Ene 08, 2012 1:41 am


Formandopolicias.com

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zapata escribió:Se puede aceptar la herencia a beneficio de inventario.


Cierto, que signfica que solo responde de las deudas, pasivos u obligaciones del fallecido solo con el patrimonio, derechos o activos de herencia que reciba de éste.
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